Si obtuve un puntaje A o B en el instrumento Portafolio, previo al Sistema de Reconocimiento (2016), ¿Puedo utilizar dicho puntaje para acogerme al Artículo 19 Ñ de la Ley N° 20.903?

Si obtuve un puntaje A o B en el instrumento Portafolio, previo al Sistema de Reconocimiento (2016), ¿puedo utilizar dicho puntaje para acogerme al Artículo 19 Ñ del Estatuto Docente?

No. Los y las docentes o educadores/as que participaron en el proceso de asimilación a tramos de abril de 2016, fueron asignados a un tramo considerando su experiencia profesional y los últimos instrumentos rendidos a esa fecha, según se encuentra establecido en los artículos transitorios de la Ley N°20.903. Dicho tramo, fue el punto de partida en la Carrera Docente para estos y estas profesionales de la educación.

Sin embargo, el avance en los tramos de la Carrera Docente se realiza de acuerdo con el Sistema de Reconocimiento, cuyos instrumentos Portafolio y Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos (ECEP) deben ser rendidos para progresar en la Carrera Docente.

El artículo 19 Ñ del Estatuto Docente (DFL 1 de 1996 del Ministerio de Educación), aplica a los portafolios rendidos desde 2016 en adelante, es decir, que fueron rendidos en el contexto del Sistema de Reconocimiento.