La Ley N° 21.625 viene a responder a una sentida demanda docente: el fin de la llamada doble evaluación, porque elimina la Evaluación Docente que rendían sólo los y las docentes de establecimientos municipales y SLEP (que se encontraba establecida en el derogado artículo 70 del Estatuto Docente).
De esta forma, se consolida al Sistema de Reconocimiento y Promoción como el único Sistema de Evaluación Docente, el cual considera solo dos instrumentos: el Portafolio y la Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos (ECEP) los que, junto con los años de experiencia profesional, permiten el avance en los tramos de la Carrera Docente.
Asimismo, impulsa el avance en el Sistema de Desarrollo Profesional Docente incentivando la formación continua para los y las docentes de los tramos Avanzado, Experto I y Experto II y releva el acompañamiento y formación específica a docentes que, encontrándose en los tramos Inicial y Temprano, no hayan logrado avanzar en su proceso de reconocimiento profesional. Además, fortalece los procesos de inducción y mentorías para docentes principiantes y las redes de apoyo entre pares mediante la red de maestros de maestros.