¿A qué refiere la opción de aplazamiento de la evaluación que establece la Ley N° 21.625?

¿A qué refiere la opción de aplazamiento de la evaluación que establece la Ley N° 21.625?

La ley N° 21.625 permite, de acuerdo a su artículo tercero transitorio, a docentes y educadores/as que hayan suspendido la rendición de Portafolio y/o ECEP durante los años 2020, 2021 o 2022, aplazar la elaboración de dichos instrumentos y mantener su asignación de tramo de desarrollo profesional, siempre que hayan indicado como causal las leyes 21.272, 21.373 y 21.506, según los siguientes plazos:
  1. Si debía rendir en 2020, podrá hacerlo hasta 2024.
  2. Si debía rendir en 2021, podrá hacerlo hasta 2025.
  3. Si debía rendir en 2022, podrá hacerlo hasta 2026.
Se informará oportunamente a los y las profesionales de la educación, el mecanismo a través del cual podrán acceder a esta opción año a año.